3 Años de Garantía El sábado 1 de enero de 2022 ha entrado en vigor la modificación del Real Decreto Legislativo 1/2007, que amplía hasta los tres años la garantía legal de los productos que se compren a partir de esta fecha, y que se aplica a teléfonos móviles u ordenadores. Esta ampliación se corresponde con la entrada en vigor de la modificación del Real Decreto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y que fue aprobada por el Gobierno en abril de 2021.
También supone la incorporación a la normativa nacional de la Directiva (UE) 2019/771, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes. De esta forma, «el empresario será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega o del suministro y se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega en el caso de bienes», tal y como recoge la nueva redacción del artículo. En el caso de bienes de segunda mano, la normativa mantiene que consumidor y empresa podrán pactar una duración determinada del plazo de garantía, que nunca podrá ser inferior a un año.