El Juzgado Mercantil número 7 de Madrid ha dado la razón a YouTube y desestima la demanda considerando que no infringe los derechos de propiedad intelectual.
La sentencia reconoce que, legalmente, YouTube es un intermediario de servicios de alojamiento de contenidos y, por tanto, no puede ser obligado a controlar con carácter previo los vídeos subidos por los usuarios.
Telecinco ha confirmado la apelación de la sentencia a un tribunal superior, teniendo en cuenta que se trata de un caso que podría servir de precedente internacional.
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